La regla general es dirigir la reclamación al vendedor. No obstante, el consumidor podrá dirigirse al fabricante o al importador en la Unión Europea cuando hacerlo al vendedor le resulte imposible o le suponga una carga excesiva. Esta reclamación al fabricante podrá ser cursada siempre que la falta de conformidad se refiera al origen, identidad o idoneidad del producto, de acuerdo con su naturaleza, finalidad y las normas que lo regulan.
Este supuesto de reclamación al fabricante o productor será también la solución del consumidor en caso de cierre o concurso de acreedores del vendedor.
¿A quién debe dirigirse la reclamación en caso de desperfectos en garantía? ¿Al vendedor o al fabricante?
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