Autobús: ¿Qué derechos tengo en caso de retraso o cancelación?

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Para cancelaciones o retrasos en la salida de más de 120 minutos en viajes superiores a 250 km el pasajero puede elegir entre continuar el viaje en un transporte alternativo o el reembolso del billete y el regreso al punto de partida.

Si no se ofrece la posibilidad de continuar con el viaje, deberá abonarse una indemnización del 50% del billete más el reembolso del importe abonado por el mismo.

Para cancelaciones o retrasos en salida de más de 90 minutos para viajes de más de 3 horas. Se debe ofrecer:

a) comida.
b) alojamiento y el traslado al lugar de alojamiento, prestando atención especial a las personas con discapacidad y las personas con movilidad reducida y del acompañante.

Si se produce una avería durante el viaje, deberá facilitarse la continuación del mismo o el transporte hasta un punto de espera a partir del cual continuar del viaje.

Todo ello sin perjuicio de poder reclamar la pertinente indemnización por los daños causados.

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