Aunque es una práctica habitual, el consumidor no está obligado a llevar el bien directamente al servicio técnico. El vendedor está obligado a recibir el bien de la forma menos inconveniente para el consumidor, incluso a retirarlo -y reinstalarlo- en caso de que lo hubiese instalado. Además es recomendable ejercer nuestro derecho a través del vendedor a efectos de que este tenga constancia de que se ha reclamado la puesta en conformidad en plazo, ya que es el responsable directo. Si decidimos remitirlo directamente al servicio técnico, es muy importante acreditar que se ha comunicado al vendedor la falta de conformidad.
Además, deberá entregarse al consumidor un documento acreditativo de la entrega del bien, indicando fecha y falta de conformidad. Cuando se devuelva conforme, el documento deberá incluir con la fecha de entrega y la descripción de la medida correctora efectuada.
El vendedor me indica que envíe directamente el bien al servicio técnico. ¿Qué puedo hacer?
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