Si la incidencia por causa de fuerza mayor, es decir, que no pudo haberse evitado incluso poniendo los medios suficientes para ello, no habrá derecho a indemnización.
No obstante, no es suficiente con que la compañía indique este hecho sino que deberá acreditarlo.
Con carácter general, no será causa de fuerza mayor que un avión tenga una avería o la convocatoria de una huelga.
Me han indicado que al ser causa de fuerza mayor no tengo derecho a indemnización.
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