Es un producto estándar que deben ofrecer los bancos y cajas de ahorro (entidades) y que permite realizar las operaciones bancarias más comunes: pagos, ingresos, domiciliaciones, transferencias, retirada de efectivo en oficinas y cajeros, y disponer de una tarjeta de débito, a un coste máximo fijado por la normativa, actualmente de 3 euros/mes. Esta comisión podrá actualizarse cada dos años por el Banco de España.
Para acceder a estas cuentas es necesario cumplir una serie de requisitos. No podrán exigirse condiciones adicionales o diferentes a las previstas, la contratación de cualquier otro producto o servicio (por ejemplo, un seguro), ni el pago de comisiones o recargos.
Estas cuentas de pago están sujetas a la normativa específica que las regula, a la normativa general aplicable a los servicios financieros y a los servicios de pago, y a la ley general de defensa de los derechos de las personas consumidoras y usuarias.
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