Los empresarios no podrán facturar a los consumidores por el uso de determinados medios de pago, cargos que superen el coste soportado por el empresario por el uso de tales medios.
El consumidor tendrá que ser informado del coste de la utilización de distintos medios de pago u otras condiciones de pagos similares. Las empresas titulares de las distintas tarjetas de crédito que existen en el mercado cobran una comisión a los empresarios que hacen uso de sus sistemas electrónicos de pago. Este gasto es repercutido después a los consumidores.
No obstante, este sobrecargo debe quedar reflejado desde el primero momento en que se inicia la compra, y en cualquier caso, debe formar parte del precio final.
¿Puede cobrarme un sobrecargo por pagar con tarjeta de crédito?
Escrito por
en
Deja una respuesta