Si se produce la pérdida o daño en el equipaje facturado en caso de accidente y para un viaje cuya distancia sea superior a 250 km, la indemnización será de 14,5 €/kg, con un máximo 1.200 € por pieza.
En el resto de casos, salvo causa de fuerza mayor o responsabilidad del pasajero, el límite será de 450 € por equipaje.
La vigilancia y la responsabilidad de los bultos de mano corresponderán al viajero salvo que pruebe la responsabilidad de la empresa transportista, en cuyo caso serán de aplicación las compensaciones antes descritas.
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