Lo primero es pedir la hoja de reclamaciones, rellenarla en el establecimiento y una vez sellada por la empresa, debe llevarse a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).
En caso de no poder hacerlo in situ, puede reclamar por correo electrónico, teléfono, fax o correo postal (certificado con acuse de recibo). Es muy importante tener constancia documental de que la entidad ha recibido nuestra reclamación. Otra opción es acudir a una Asociación de Consumidores donde podrán asesorarse a la hora de reclamar.
En caso de contratar con una entidad situada fuera de España puede acudir al Centro Europeo del Consumidor
Si la entidad no atiende nuestra reclamación en el plazo de un mes podrá solicitar arbitraje de transportes. Este arbitraje es obligatorio si la cantidad reclamada no excede de 15.000 euros y la entidad no ha indicado que no se somete a este sistema en caso de controversia. Si supera dicha cantidad el arbitraje sólo operará si hay mutuo acuerdo de las partes de someterse al mismo.
Finalmente, el consumidor también puede acudir Tribunales de Justicia para interponer una demandad sucinta de juicio verbal que, en caso de que el importe a reclamar no exceda de los 2.000 euros, podrá plantearse sin abogado ni procurador.
Más información y formularios en www.noclamesreclama.org
¿Cómo reclamar?
Escrito por
en