Legalmente no es obligatorio contratar ningún seguro.
No obstante, es habitual que muchas entidades exijan la contratación de un seguro que cubra determinadas contingencias (desempleo, incapacidad, etc.) para conceder el crédito o préstamo, lo cual no es contrario a la ley siempre que no se trate de una garantía desproporcionada y que suponga un gravamen excesivo para el consumidor.
En todo caso, a la hora de contratar un préstamo o crédito, el seguro no puede venir premarcado por defecto en el contrato, debe informase al consumidor sobre las condiciones contractuales del mismo y debe existir consentimiento expreso del consumidor para su contratación.
¿Es obligatorio contratar un seguro o cualquier otro producto o servicio?
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