El primer paso es reclamar en el propio aeropuerto, en el mostrador de la aerolínea o, en su defecto, en el del operador aeroportuario.
El servicio de atención al cliente pondrá disposición del pasajero, para asegurar que éste tenga constancia de reclamación, una clave identificativa y un justificante por escrito, en papel o en cualquier otro soporte duradero.
Si la reclamación está relacionada con el equipaje debemos solicitar en el aeropuerto el Parte de Irregularidad de Viaje (PIR) e interponer una reclamación.
Si no hemos realizado esta reclamación previa, podemos remitir un escrito a la propia compañía a través de un medio fehaciente (burofax o correo certificado con acuse de recibo) indicando los hechos así como nuestras pretensiones, aportando copia de los documentos que justifiquen las mismas.
Si en un plazo razonable y máximo de un mes, la compañía no ha emitido una respuesta o ésta no ha sido satisfactoria podremos reclamar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para los casos de cancelación, overbooking o retraso. Para las controversias relacionadas con el equipaje tendremos que acudir a los tribunales de justicia. Si la reclamación es por importe inferior a 2.000 euros no será necesario abogado ni procurador para interponer la demanda.
Un medio alternativo para la resolución de conflictos a los tribunales de justicia es el arbitraje de consumo: sistema gratuito, sencillo y rápido que pone fin al litigio, emitiendo una resolución denominada laudo, que es de obligado cumplimiento para las partes. Sin embargo es un procedimiento voluntario: si una de las dos partes no desea someterse a él, no podrá iniciarse. Las compañías aéreas normalmente no se someten al mismo.
Cómo reclamar
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