Si tras contratar advertimos que las condiciones no son las que nos ofrecieron y/o aceptamos y, que de haberlas conocido no se hubiese contratado, se puede exigir a la compañía el cumplimiento de las condiciones de la publicidad o información facilitada o la no aplicación de clausulas de las que no fue informado.El mejor sistema es a través de correo postal, correo electrónico o cualquier otro medio telemático que proponga la entidad, fax o teléfono. En todo caso es importante tener constancia documental de la misma, ya sea con acuse de recibo o solicitando, en caso de ser telefónica, un número de referencia. En todo caso, la entidad deberá poner a disposición del consumidor, para que éste tenga constancia de reclamación, una clave identificativa y un justificante por escrito, en papel o en cualquier otro soporte duradero.Si la entidad dispone de una línea telefónica, esta no podrá suponer un coste superior a la tarifa básica y deberá garantizar una atención personal directa, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios técnicos a su alcance.
¿Cómo reclamar?
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