¿Qué garantías tiene la vivienda?

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En lo que se refiere a las deficiencias de la construcción, la normativa prevé distintos plazos en función de la entidad de esas deficiencias:

– Diez años para los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

– Tres años para los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.

– Un año para daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.

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