En caso de viajes combinados, se podrá reclamar tanto ante el organizador del viaje como ante el minorista por cualquier incidencia que se produzca respecto del viaje contratado aunque no sea el efectivo prestador del servicio. En el caso de servicios de viaje vinculados, se debe reclamar ante la propia entidad que presta el servicio.
En caso de insolvencia, el consumidor puede dirigirse a la entidad con la que el organizador del viaje, el minorista o la entidad que presta el servicio, en caso de servicios vinculados, ha formalizado la garantía para estos casos.
Además, el organizador y, en su caso, el minorista tendrán la obligación de constituir una garantía que responderá del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. El consumidor podrá reclamar directamente esta garantía.
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